La propuesta del gobierno está dividida en 5 temas (4+1). El primero de ellos se refiere a la parte dogmática del texto constitucional. Esto significa aquellos artículos que nos hablan de la definición y fines del Estado y de nuestros derechos.
Algunas reformas importantes que el gobierno ha propuesto son:
* Enfatizar: Estado Laico.
Esto es bueno. Dentro de todos los adjetivos que tiene el Estado en el art. 1 de la Constitución (El Ecuador es un Estado Social de Derecho, democrático, pluralista, independiente, etc.), DEBE estar la palabra LAICO, para respetar la calidad del Estado. No puede haber preferencias en cuanto a religiones.
Llevar a la práctica este principio comienza por eliminar la presencia de autoridades clericales en ciertos organismos públicos. Por ejemplo, el Arzobispo de Quito integraba la junta consultiva de RR.EE. Recientemente, el presidente Correa ha comentado que la declaratoria de inconstitucional de las últimas reformas a la Ley Orgánica del Servicio Exterior elimina este miembro de dicha junta consultiva.
Otro paso más adelante sería eliminar la calidad de «madrina» de las FF.AA. y Policía que tiene la virgen del quinche (o alguna otra virgen), pues rechaza a la memoria de Alfaro que se le brinde agasajos con dineros de la seguridad nacional a una imagen religiosa, por muy venerable que sea.
* Propuesta: Protección de la familia.
El gobierno propone aumentar la definición de familia: además de la definición tradicional incluir la de familia mono-parental (el texto dice, erradamente, familia mono-«personal») y la definición de familia ampliada producto de la migración.
* Equidad real en derechos sexuales y reproductivos.
Lamentablemente no hay detalle en cuanto a qué hace falta para llegar a la equidad real, pero creo que esto debe incluir educación en materia sexual para evitar embarazos de adolescentes.
* Extender derechos políticos a extranjeros
En otros países, los extranjeros que viven varios años en el país, pueden votar, pero sólo para elecciones seccionales. En la Unión Europea, un ciudadano europeo puede elegir (y ser elegido) en cuanto a elecciones cantonales se refiere.
El proyecto del gobierno no especifica en qué elecciones pueden participar los extranjeros o si hay un requisito de tiempo de vivir en Ecuador. Tampoco aclara si es posible que sean candidatos. Llegaremos a tener un presidente argentino?
* Ampliar la revocatoria del mandato a Presidente y VP
Es hacer justicia a una votación: en 1997 ya se ordenó introducir la figura de la revocatoria del mandato, pero la Asamblea escamoteó ese derecho para las dos dignidades máximas del gobierno central. Grave error.
La propuesta del gobierno nada dice acerca de aligerar los requisitos. Actualmente, si usted quiere impulsar una revocatoria del mandato tiene que reunir el 30% del Padrón electoral en firmas. Eso en una elección cantonal es muy difícil, peor en una nacional.
Veamos como ejemplo cómo se incendió -literalmente- la ciudad de Chone porque no había cómo revocar el mandato del alcalde Eliécer Bravo, por lo difícil de reunir tantas firmas.
* Control del gasto electoral
Financiación pública del gasto electoral, pero los partidos deben rendir cuentas de sus gastos. En cuanto a los regalos, se los prohíbe completamente.
Esta idea es buena, pero hace falta complementar con reglas para los aportes privados que, quiérase o no, van a existir y no es conveniente que no se regule. No es bueno cerrar los ojos a una realidad, sólo porque no nos gusta.
* Participación ciudadana
Mantener la posibilidad de iniciativa de leyes por grupos de ciudadanos. Mejorar la garantía de veedurías.
* Poder al Ejecutivo
Que el Presidente pueda convocar a cualquier tipo de consulta sin pasar por el Congreso. Esto debiera pensarse mejor, para evitar la «consultitis» de la cual fueron víctimas (o victimarios) Sixto y Alarcón. Para evitar esto, la Constitución actual prevé aprobación del Congreso para ciertas preguntas (las de reforma constitucional).
* Cambio a la redacción en derechos de: propiedad, trabajo, comunicación y grupos vulnerables.
Sobre esto la propuesta es vaga, pero creo que hay que poner mucha atención para evitar que se cuele alguna definición peligrosa de propiedad «con fin social» o de trabajo «como fuente de creación de riqueza».
* Proteccion al ecuatoriano
Actualmente, es prohibido extraditar a un ecuatoriano, como, por ejemplo, Uribe extradita a colombianos para ser juzgados en EE.UU.
El gobierno plantea, ahora, ampliar esa protección para que, si un ecuatoriano comete un delito en el extranjero, sea juzgado en Ecuador. Esta idea yo la califico de «extraterritorialidad» de nuestro Derecho Penal. Veamos qué país quisiera aceptar enviar a un ecuatoriano a ser juzgado fuera del país donde cometió el delito. Recuérdese los delitos cometidos por algunos ecuatorianos en España.
* Poder real al Defensor del Pueblo.
Hacer que sus pronunciamientos sean obligatorios en áreas de su competencia.
27 julio, 2007 a las 10:02 am |
Tengo una pregunta, Major: ?En Ecuador no existe la figura legal del exilio, verdad? O sea no es como en el pasado se exiliaba a fulano de tal para que no estorbe pol’iticamente. Que yo sepa Abdal’a Bucaram est’a autoexiliado, que es un eufemismo que encubre el hecho de que el tipo realmente est’a pr’ofugo.
?Estoy en una equivocaci’on?
(disculpa el mal uso de los signos y tildes, pero esta semana si’ que ando con poco tiempo como para andar abriendo word).
15 agosto, 2007 a las 2:09 am |
monic.com – The Future Now!, Monic Fly Lines
Useful, thank you!
12 septiembre, 2008 a las 5:05 pm |
basura
19 febrero, 2009 a las 9:33 pm |
EN ESTE PAIS SE AUTOEXILIA CUALQUIERA QUE COMETA PECULADO Y QUE SE ROBA LA PLATA DEL PUEBLO,,YA DIJE!!!!!!!!!!C.A.R.I
7 May, 2011 a las 11:04 am |
tienes razon ya que en este pais solo hay robo y violencia pero no progreso
16 septiembre, 2009 a las 3:11 pm |
mi pregunta es en cuantos articulos esta dividido la parte dogmatica de la constitucion
29 abril, 2010 a las 10:55 pm |
me gustaria que hablen sobre la parte organica de la constitucion ecuatoriana
30 May, 2010 a las 8:00 pm |
cuantos titulos tiene la parte dogmatica de la constitucion y cuantos titulos tiene la parte organica?
7 May, 2011 a las 11:02 am |
pue esta muy bien esto porque es tan importante
14 marzo, 2012 a las 2:58 pm |
verdad es importante para todo
7 May, 2012 a las 7:00 pm |
me bale
30 agosto, 2012 a las 7:50 pm |
KIERO SABER SI EL ARTICULO 30 ES DE LA PARTE DOCMATICA O ORGANICA
17 abril, 2013 a las 10:11 am |
fdfdf
17 abril, 2013 a las 10:11 am |
buhgjgh
14 diciembre, 2014 a las 12:19 pm |
quiero la parte organica